1 de enero de 2012

Comisión de la verdad.



Por qué establecer una Comisión de la Verdad? El derecho de los particulares a conocer la verdad acerca de la suerte que han corrido las personas desaparecidas o recibir información acerca de otros abusos cometidos en el pasado, ha sido confirmado por los órganos creados en virtud de tratados internacionales y nacionales.

Las comisiones de la verdad llegan a investigar los casos de miles de víctimas, en un esfuerzo por comprender el alcance y las pautas de las violaciones cometidas en el pasado, así como sus causas y consecuencias. La pregunta de por qué se permitió que sucedieran ciertas cosas puede ser tan importante como explicar con precisión qué sucedió.

En última instancia, se espera que la labor de la comisión ayude a una sociedad a comprender y reconocer una historia que se niega o se pone en tela de juicio, y con ello dar a conocer públicamente los testimonios y las historias de las víctimas, que a menudo se han ocultado a la población. Cuando se estudia la posibilidad de establecer y diseñar una comisión de la verdad por consiguiente, debe tenerse cuidado de no suscitar entre las víctimas la expectativa indebida e injusta de que ellas, o el país en conjunto, se sentirán o deberían sentirse rápidamente “reconciliadas” al conocer la verdad acerca de las indecibles atrocidades cometidas en el pasado o, en algunos casos, por recibir el reconocimiento oficial de unos hechos que ya conocían.

Las expectativas en relación con las comisiones de la verdad suelen ser exageradas en la mente de los ciudadanos; por ello, es importante manejar debidamente esas expectativas y mantenerlas dentro de lo razonable, y no describir con franqueza desde el principio lo que puede ofrecer una comisión de la verdad.

Las comisiones de la verdad no son más que uno de los elementos de una estrategia amplia en materia de justicia de transición, y deben considerarse conjuntamente con posibles iniciativas en materia de enjuiciamiento, reparaciones, procesos de depuración en la administración pública y otros programas de rendición de cuentas o reforma. Debe tenerse presente que cada comisión de la verdad será única, y corresponderá al contexto nacional y a las oportunidades especiales que existan. El gobierno debe proporcionar a la comisión los documentos que sean pertinentes para sus investigaciones, inclusive los reservados. Los funcionarios o antiguos funcionarios que tengan conocimiento de los acatos y sucesos que se están investigando deberán proporcionar información a la comisión, sea en audiencias públicas o a discreción de la comisión, en sesiones privadas.

Ese apoyo a la labor de una comisión debe coincidir con una clara independencia operacional. La legitimidad y la confianza del público, indispensables para el proceso de la comisión de la verdad tenga resultados satisfactorios, depende de la capacidad de la comisión para trabajar sin injerencias políticas. Una vez establecida, la comisión debe funcionar sin influencia directa o control del gobierno.

En el documento titulado Instrumentos del Estado de Derecho para sociedades que han salido de un conflicto, elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se establece con precisión que los integrantes de la Comisión de la Verdad deben ser miembros ampliamente respetados de la sociedad (o personalidades cuya neutralidad sea aceptada por todas las partes de un conflicto previo o bien el grupo en conjunto debe ser considerado representativo de un abanico relativamente amplio de opiniones), para garantizar su imparcialidad. Puede incluirse a profesionales de distintos ámbitos o trayectorias, como dirigentes religiosos, abogados en ejercicio o jueces retirados, psicólogos, educadores, expertos en violencia contra la mujer o los niños y, profesionales de los derechos humanos, entre otros.

Conviene oponerse, destaca el mismo documento, a toda intención de incluir en la comisión a dirigentes políticos y representantes de partidos políticos, facciones o antiguos grupos armados. Esto por una razón simple, si queremos conocer una historia que se niega o se pone en tela de juicio, la investigación debe llegar a los secuestros, juicios sumarios y ejecuciones que grupos armados perpetraron contra indefensos personajes de la sociedad. Este es el error, voluntario o involuntario, del diseño de la Comisión de la Verdad en Guerrero, pues solo reflejará la versión de una de las partes del conflicto a investigar.

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